jueves, 2 de junio de 2011

Elecciones 2011

POR POLÍTICA Y PODERES  Ciudad de Guatemala
La Fundación Internacional para Sistemas Electorales (IFES) contrató a la empresa Monitec, que también se dedica a monitorear las canciones más sonadas a nivel centroamericano.

Luego de realizar un concurso internacional, IFES decidió contratar a Monitec para vigilar que los partidos políticos cumplan con los límites de pauta publicitaria establecidos por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), informó Máximo Zaldivar, director de IFES, para Guatemala.

Los partidos políticos no deben gastar más de Q48 millones en propaganda por radio, televisión, vallas, internet y prensa escrita. Ese fue el límite establecido por el pleno de magistrados del TSE, con base en la Ley Electoral y de Partidos Políticos.  

Los actores de la contienda reaccionaron a la Encuesta Libre publicada ayer, en la cual el aspirante presidencial del Partido Patriota, Otto Pérez Molina, aparece al frente de la intención de voto, seguido de la candidata oficialista, Sandra Torres.

Alcaldes se preparan para entregar el poder local

Para facilitar el proceso de transición de los gobiernos locales a las nuevas autoridades que tomarán posesión en enero del 2012, la Asociación de Municipalidades de Guatemala (Anam) inició un proceso de análisis, discusión y capacitación con los actuales acaldes que garantice se pueda trasladar toda la información, experiencia y capacidad adquirida a las personas electas.



Queda en suspenso solicitud de inscripción de Sandra Torre

La Sala Segunda de Apelaciones dejó este miércoles en suspenso la solicitud de inscripción en el Registro de Ciudadanos de la precandidata de la alianza UNE-GANA, Sandra Torres, al otorgar amparo provisional al abogado Mario Antonio Guerra León.


La petición de amparo, promovida por Guerra, argumenta que existe fraude de ley en el divorcio de Sandra Torres y del presidente Álvaro Colom, debido a que el único objetivo es eludir la prohibición constitucional establecida en el artículo 186 de la Constitución de la República.
El artículo mencionado establece “la prohibición categórica para que los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, lo que incluye al cónyuge, puedan optar al a los cargos de presidente o vicepresidente de la república, cuando este último se encuentre ejerciendo la Presidencia”.
El pasado 17 de mayo, a Corte de Constitucionalidad (CC) dejó en firme el acta de divorcio del presidente Colom y Torres, al rechazar en definitiva el amparo presentado por el abogado Maynor Berganza, quien pretendía dejar sin efecto la disolución del matrimonio del gobernante y Torres.
Con información de Hugo Alvarado



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